Además de los campos habituales de identificación, fecha, base imponible, tipo impositivo y cuota, también debe incluirse en las facturas a expedir una descripción de las operaciones, detallándose los datos relevantes tales como precio unitario, descuentos, base imponible, etc.
Como parte de la descripción de las operaciones, la normativa exige que, en determinados casos, consten menciones adicionales que permitan identificar la base legal que justifica la consideración de una operación como exenta o si la misma se encuentra en el marco de algún régimen especial del Impuesto sobre el Valor Añadido, etc.
A continuación, aprovechamos para detallar las menciones a incluir en factura de las principales operaciones (*):
En función del tipo de operación (tratamiento médico, educación, operación inmobiliaria, servicios financieros, etc.,) deberá especificarse el apartado concreto del artículo que prevé la exención.
(*) Nota: Las menciones indicadas a incluir en factura se efectuaran siempre y cuando se haya verificado previamente el efectivo cumplimiento de los requisitos legales relativos a exenciones, localización del impuesto, inversión del sujeto pasivo o regímenes especiales.
NOTA: Esta publicación contiene exclusivamente información general sobre la materia analizada. A través de la misma, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no emite opinión jurídica o técnica para un supuesto concreto. Por ello, nuestro Gabinete queda a su disposición para estudiar de manera personalizada la solución más adecuada para su caso. En todo caso, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no asumirá responsabilidad alguna en relación al contenido de esta publicación general.
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