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Actualidad

TIPOS DE IVA. CAMBIOS A TENER EN CUENTA.

Tras dos años de cambios en los tipos de IVA aplicables sobre algunos alimentos o servicios energéticos, con la presente publicación pretendemos recordar en qué punto estamos y qué cambios revierten próximamente, especialmente los que entran en vigor este 1 de octubre.

 

TIPO IMPOSITIVO APLICABLE A ALGUNOS ALIMENTOS y PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD (sujetos al tipo de IVA denominado SUPEREDUCIDO):

  • Antes de las medidas aplicadas temporalmente por el Gobierno: 4% (y un tipo del 0,5% para la venta a comerciantes detallistas personas físicas en concepto de “recargo de equivalencia”).
  • Desde 01.01.2023 hasta 30.09.2024: 0% (recargo de equivalencia para detallistas del 0%).
  • A partir del 01.10.2024: 2% (recargo de equivalencia para detallistas del 0,26%).

 

Productos de primera necesidad que se han visto afectados por estos cambios:

  • El pan común y harinas panificables.
  • Leche natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  • Quesos.
  • Huevos.
  • Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que sean productos naturales según el Código Alimentario.
  • Aceita de oliva (como novedad y desde 01.07.2024, se ha considerado como artículo de primera necesidad.

 

Atención: salvo modificación legal antes de final de año, todos estos artículos que transitoriamente han visto reducido su tipo volverán al 4% a partir del 01.01.2025 (y el 0,5% para ventas a comerciantes detallistas sujetos al recargo de equivalencia).

 

TIPO APLICABLE A OTROS ALIMENTOS Y PRODUCTOS (sujeto al tipo de IVA denominado REDUCIDO):

  • Antes de las medidas aplicadas temporalmente por el Gobierno: 10% (con recargo de equivalencia para detallistas del 1,4%).
  • Desde 01.01.2023 hasta 30.09.2024: 5% (recargo de equivalencia para detallistas del 0,62%).
  • A partir del 01.10.2024: 7,5% (recargo de equivalencia para detallistas del 1%).

 

Productos que se han visto afectados por estos cambios:

  • Aceite de semillas.
  • Pastas alimenticias.

 

Atención: si no hay novedad, estos artículos volverán al tipo del 10% a partir del 01.01.2025 (más el 1,4% para ventas a comerciantes detallistas sujetos al recargo de equivalencia).

 

OTROS PRODUCTOS QUE HAN VISTO MODIFICADOS SUS TIPOS EN 2024:

  • Suministro eléctrico en determinados contratos (potencia no superior a 10kw y precio mayorista del mes anterior superior a 45€/MWh) tuvieron un tipo del 10% en 2023. Durante 2024, estos suministros ya quedaron sujetos al tipo normalizado del 10%. En cambio, se ha mantenido al 4% por todo el 2024 para los contratos cuyos titulares sean perceptores del bono social con condición de vulnerabilidad severa.
  • Suministro de Gas Natural. Desde el 01.01.2024 hasta el 31.03.2024 estos suministros tributaron al tipo del 10%. A partir del 01.04.2024 se normalizó ya con el tipo general del 21%.
  • Venta de pellets procedentes de la biomasa y madera para leña. Desde el 01.01.2024 hasta el 30.06.2024 tributaron al tipo de IVA del 10%. A partir del 01.07.2024 se normalizaron a su tipo del 21%.

 

NOTA: Esta publicación contiene exclusivamente información general sobre la materia analizada. A través de la misma, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no emite opinión jurídica o técnica para un supuesto concreto. Por ello, nuestro Gabinete queda a su disposición para estudiar de manera personalizada la solución más adecuada para su caso. En todo caso, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no asumirá responsabilidad alguna en relación al contenido de esta publicación general.