Actualidad - <br />
<b>Notice</b>:  Undefined variable: familia in <b>/var/www/clients/client3/web16/web/actualidad/article_tpl.php</b> on line <b>3</b><br />
<br />
<b>Notice</b>:  Trying to get property 'title' of non-object in <b>/var/www/clients/client3/web16/web/actualidad/article_tpl.php</b> on line <b>3</b><br />

Actualidad

VERI*FACTU: Nuevo reglamento de sistemas informáticos de facturación

El Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (conocido como VERI*FACTU), aprobado mediante el RD 1007/2023 y desarrollado por la Orden HAC/1177/2024, entrará en vigor en los próximos meses.

Este reglamento establece los requisitos técnicos y funcionales que deberán cumplir los programas de facturación utilizados por empresas y profesionales, con el objetivo de garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.

Fechas clave

  • 1 de enero de 2026 → para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2026 → para el resto de empresarios y profesionales.

 

Aclaración importante

El reglamento VERI*FACTU no es lo mismo que la facturación electrónica obligatoria.

  • La facturación electrónica obligatoria (Ley 18/2022, Crea y Crece) regula la forma de emitir y enviar facturas electrónicas en operaciones B2B y todavía está pendiente de desarrollo reglamentario.
  • El reglamento VERI*FACTU afecta únicamente a quienes utilicen sistemas informáticos de facturación (SIF). Si la facturación se realiza de manera manual (papel, Word, Excel solo como impresión y conservación), no será de aplicación.

 

¿Qué implica el VERI*FACTU?

  • Todas las facturas deberán incluir un código QR.
  • En caso de acogerse a la modalidad verificable, se añadirá además la leyenda “VERI*FACTU”.
  • Los programas de facturación deberán generar registros seguros e inalterables de cada factura.
  • Los fabricantes de software deberán emitir una declaración responsable certificando que su programa cumple la normativa.

 

Modalidades de cumplimiento

  1. Verificable (VERI*FACTU): envío automático a la AEAT en tiempo real.
  2. No verificable: conservación local de los registros, que solo se envían a la AEAT en caso de requerimiento.

La AEAT pondrá a disposición un aplicativo gratuito simplificado para pequeñas empresas y profesionales.

 

Sanciones por incumplimiento

  • Hasta 150.000 € para productores de software que comercialicen programas no conformes.
  • 50.000 € por ejercicio para usuarios que utilicen programas que no cumplan la normativa.
  • 1.000 € por sistema comercializado sin declaración responsable.

 

Próximos pasos

  • Contactar con su proveedor de software y solicitar la declaración responsable.
  • Confirmar la modalidad de cumplimiento elegida (verificable o no verificable).
  • Revisar que las facturas emitidas cumplan con los nuevos requisitos (código QR, leyenda, inalterabilidad de registros).

 

NOTA: Esta publicación contiene exclusivamente información general sobre la materia analizada. A través de la misma, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no emite opinión jurídica o técnica para un supuesto concreto. Por ello, nuestro Gabinete queda a su disposición para estudiar de manera personalizada la solución más adecuada para su caso. En todo caso, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no asumirá responsabilidad alguna en relación al contenido de esta publicación general.