Como cada año, arranca la Campaña de Renta de 2018, que se desarrollará entre el 2 de abril y el 1 de julio de 2019. No obstante, desde el pasado 15 de marzo se puede acceder a los datos fiscales y obtener el número de referencia, ambos trámites pueden realizarse a través de internet o utilizando la APP de la Agencia Tributaria.
Y la pregunta que a uno se le viene a la mente es
¿QUÉ NOVEDADES NOS TRAE ESTE AÑO LA CAMPAÑA DE RENTA?
DESTACAMOS LAS PRINCIPALES:
Novedades de carácter formal – cambios en las formas de presentación:
Este será el primer ejercicio en el cual los contribuyentes no podrán imprimir su declaración de la Renta, como se permitía en ejercicios anteriores para quienes optasen por presentar la declaración en papel acudiendo a una entidad colaboradora.
Esto supone que todas las declaraciones deberán presentarse:
Como decimos, desaparece la impresión de la declaración, pero este año todavía podrá imprimirse el documento de ingreso o devolución y realizar el pago acudiendo físicamente a una entidad colaboradora, en aquellos casos en los que el resultado fuera a ingresar. Es decir, en este caso, se podrá realizar el ingreso acudiendo a una entidad bancaria pero la declaración deberá haber sido presentada previamente por los medios electrónicos anteriormente indicados.
Recordamos que NO se realizarán envíos de borrador dado que su uso registra un constante descenso.
Novedades de carácter sustantivo más destacables que afectan al ejercicio 2018:
- Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, en la que la base máxima de deducción se incrementa de 50.000 a 60.000 € y el porcentaje de deducción pasa del 20 al 30 %.
- La deducción por rentas obtenidas en Ceuta o Melilla aumenta del 50 al 60 % de la cuota íntegra que se corresponda con las rentas obtenidas en dichos territorios.
- Se aumenta también la deducción por familia numerosa y se establece una deducción por cónyuge por discapacidad a cargo.
¿Cuáles son las fechas más relevantes de la campaña de la declaración de la Renta 2018?
NOTA: Esta publicación contiene exclusivamente información general sobre la materia analizada. A través de la misma, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no emite opinión jurídica o técnica para un supuesto concreto. Por ello, nuestro Gabinete queda a su disposición para estudiar de manera personalizada la solución más adecuada para su caso. En todo caso, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no asumirá responsabilidad alguna en relación al contenido de esta publicación general.
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