Ante la falta de acuerdo parlamentario y el trámite que en su caso esto comportaba, el Gobierno optó por la figura del Real Decreto-Ley para introducir cambios normativos de forma inmediata en materia de vivienda y alquiler, que consideraba prioritarios en su agenda política. De esta forma, el pasado 18 de diciembre se publicaba en el BOE el Real Decreto-Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, introduciendo modificaciones de gran calado en el régimen aplicable a los contratos de arrendamiento de vivienda.
Sin embargo, la utilización de esta figura de urgencia no obsta para preservar las garantías que ofrece la tramitación parlamentaria. Por ello, el artículo 86 de la Constitución establece que los Reales Decretos-Leyes deben ser convalidados en el Congreso en un plazo de 30 días desde su promulgación, para poder así seguir vigentes.
En el caso de este Real Decreto-Ley en materia de vivienda y alquiler, el Gobierno no obtuvo los apoyos parlamentarios necesarios y, en consecuencia, atendiendo al tenor literal del precepto constitucional, ha de entenderse derogado.
Ante una situación así, se plantean las siguientes cuestiones:
¿Qué efectos tiene la no convalidación?
¿Cómo afectan las modificaciones previstas en el Real Decreto- Ley a los contratos celebrados tras su promulgación?
Repasemos a continuación cuales son los cambios más relevantes que afectan a estos contratos:
NOTA: Esta publicación contiene exclusivamente información general sobre la materia analizada. A través de la misma, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no emite opinión jurídica o técnica para un supuesto concreto. Por ello, nuestro Gabinete queda a su disposición para estudiar de manera personalizada la solución más adecuada para su caso. En todo caso, Gabinet Vallribera-Baqués i Associats no asumirá responsabilidad alguna en relación al contenido de esta publicación general.
Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
Puedes revisar nuestra política de cookies aquí.
Utilizamos dos tipos de cookies, las estrictamente necesarias, las cuales son cookies téncicas para el correcto funcionamiento de la web y cookies analíticas.
Puedes decidir si quieres mantener únicamente las estrictamente necesarias o activar todas las cookies incluídas las analíticas, si aceptas únicamente las necesarias no podremos guardar tus preferencias y el banner inferior de configuración continuará apareciendo.
Aceptar Cookies de sistema y analíticas Aceptar únicamente cookies de sistema